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Novedades Impositivas varias producidas en diferentes jurisdicciones provinciales en la primera semana de diciembre de 2005

Buenos Aires. Disposición Normativa “B” 76/05. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Rehabilítanse los planes de regularización de deudas otorgados a partir del 1/1/2000, cuya caducidad opere hasta el 9/1/06, en tanto el importe correspondiente al anticipo y/o las cuotas vencidos e impagos hasta dicha fecha, liquidados con el interés del art. 86 del Código Fiscal desde su vencimiento, se cancelen hasta el 10/1/06.

Buenos Aires. Disposición Normativa “B” 77/05. Régimen de información para empresas de servicios. Introdúcense modificaciones a la D. N. 71/05, que estableció un nuevo texto normativo de este régimen.

Entre Ríos. Resolución 570/05. Impuesto de Sellos. Agentes de retención y de percepción. Unifícanse y armonízanse las distintas normas vigentes en relación con los distintos regímenes de retención y de percepción de este tributo. Esta resolución entrará en vigencia el 1/1/06, fecha en la que resultarán derogadas las normas anteriores.

Entre Ríos. Resolución 571/05. Impuesto al ejercicio de profesiones liberales. Agentes de retención. Unifícanse y armonízanse las distintas normas vigentes en relación con los distintos regímenes de retención. Esta resolución entrará en vigencia el 1/1/06, fecha en la que resultarán derogadas las normas anteriores.

Entre Ríos. Resolución 572/05. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de percepción. Unifícanse y armonízanse las distintas normas vigentes en relación con los distintos regímenes de retención. Modifícanse los montos correspondientes a los ingresos brutos promedios mensuales y los mínimos no sujetos a percepción. Esta resolución entrará en vigencia el 1/1/06, fecha en la que resultarán derogadas las normas anteriores.

Entre Ríos. Resolución 573/05. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Agentes de retención. Unifícanse y armonízanse las distintas normas vigentes en relación con los distintos regímenes de retención. Esta resolución entrará en vigencia el 1/1/06, fecha en la que resultarán derogadas las normas anteriores.

Río Negro. Resolución 1267/05. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes directos. A partir del 1/12/05, incorpórase al SIRCREB, que administra la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, la recaudación de este impuesto sobre acreditaciones en cuentas en entidades financieras correspondientes a contribuyentes directos. Desde la fecha indicada deróganse las Resoluciones 267 y 355 del año 2002. Adviértase que este régimen recaudatorio ya estaba en vigencia; lo que ahora resuelve el organismo fiscal rionegrino es incorporarlo a los sistemas y procedimientos que la Comisión Arbitral utiliza para idéntica recaudación sobre contribuyentes comprendidos por el Convenio Multilateral.

Salta. Decreto 2039/05. Apruébase un nuevo texto ordenado del Código Fiscal de la provincia.