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Régimen general de retención para el ingreso de Contribuciones Patronales (SUSS) RG -AFIP- Nº 1784 - Modificación de alícuota - Resolución General Nº 2069 – Administración Federal de Ingresos Públicos - 16 de Junio de 2006

La AFIP estableció en 2004 un régimen de retención sobre determinados pagos, cuyos importes retenidos operan como un pago a cuenta de las contribuciones patronales (SUSS) del sujeto retenido. Actúan como agentes de retención quienes revisten como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado. La alícuota de retención original fue establecida en el 2%

A través de la R.G. Nº 2069 (Boletín Oficial 12-06-06) la AFIP ha procedido a modificar aquella alícuota, reduciéndola al 1 % (uno por ciento).

La nueva alícuota será de aplicación para los pagos que se realicen a partir del primer día del mes inmediato siguiente al de la publicación de la resolución citada en el Boletín Oficial, inclusive, aún cuando correspondan a operaciones realizadas con anterioridad a dicha fecha, por tanto, la fecha efectiva de aplicación será el 1º de julio de 2006.