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PROVINCIA DE MENDOZA - Ley Impositiva 2007 - Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Impuesto de Sellos - 2 de marzo de 2007 La Ley Impositiva 2007, Nº 7638, sancionada el 12/1/07, presentó unas pocas novedades respecto de su antecesora en relación con los dos tributos mencionados en el título. Impuesto sobre los Ingresos Brutos No se observaron variaciones en la tabla de actividades y alícuotas que merezcan ser comentadas. Impuesto de Sellos Actos sobre inmuebles Las transferencias de dominio, constitución de hipotecas y otros actos sobre inmuebles radicados en la provincia, que se otorguen fuera de ella se elevan del 2,5% al 4%. Financiación de la vivienda Se elevan los importes de los distintos tramos de la escala con que se gravan los contratos e instrumentos que se refieren a las operaciones financieras previstas en el art. 240, inc. 3 (bis) del Código Fiscal (Contratos e instrumentos que se refieran a operaciones financieras destinadas a la concreción de planes, programas y operatorias de vivienda). La situación comparativa es la siguiente:
Primera transferencia de viviendas Se elevan los importes de los distintos tramos de la escala con que se gravan los compromisos de compraventa y la transmisión de dominio de viviendas a título oneroso cuando se celebren hasta 3 años después de la fecha de iniciación de la obra (inciso 28. del artículo 240 del Código Fiscal)
La alícuota será del cero por ciento (0,00%) cuando los compromisos se refieran a primera transferencia de viviendas cuyo valor no supere los $ 80.000 correspondientes a operatorias del Instituto Provincial de la Vivienda. Locación de inmuebles con destino turístico Se eliminó la condición de que las locaciones turísticas de inmuebles fueran por períodos no mensuales y por día para gozar del beneficio de la reducción a la mitad de la alícuota aplicable. Se mantuvieron sin cambio los demás términos y condiciones de este beneficio. La redacción que presenta la Ley Impositiva 2007 es la siguiente:
Vigencia Las novedades señaladas se encuentran vigentes desde el 10/2/07. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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