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Modificación del tope previsional para los aportes Jubilatorios - Decreto 1346/2007 - Poder Ejecutivo Nacional - 8 de octubre de 2007 El Decreto 1346/2007, publicado en el Boletín Oficial el día 5 de octubre de 2007, ha introducido modificaciones en el régimen del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones pergeñado por la Ley 24241. En este informe, trataremos la modificación introducida por dicho decreto respecto al tope máximo a considerar como base imponible gravada por los aportes del trabajador con destino al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. En virtud del art. 5º del Decreto 1346/07 el tope máximo de base imponible alcanzada por las alícuotas provisionales previstas en la Ley 24241 se eleva - a partir del 1º de septiembre de 2007 - de $ 6.000 a $ 6.750. Dicho incremento alcanza tanto a los trabajadores en relación de dependencia como a los autónomos. En consecuencia, sólo verán modificada su situación actual los trabajadores cuyos ingresos superen los $ 6.000. Si bien la norma norma dispone que el incremento referido se aplicará en forma retroactiva a partir del 1º de septiembre del corriente, omite especificar de qué forma se hará el recálculo de aportes conforme esta nueva normativa. Consideramos que en este punto el decreto mencionado no resulta operativo, debiendo aguardarse el dictado de las normas necesarias para instrumentar lo dispuesto en el mismo, tarea que el art. 7º del decreto deja en manos de la ANSES y la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES.- | ||
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